Conozca los topes para declarar renta en el 2020

Uno de los aspectos definidos en el decreto que contiene el calendario tributario nacional del 2020 (Decreto 2345/19) se refiere a los valores tope de patrimonio bruto, ingresos, compras con tarjeta, consumos en general y valor acumulado de las consignaciones bancarias a partir de los cuales los contribuyentes están obligados a declarar renta.
La norma precisa que no estarán obligados a declarar renta, entre otros, los asalariados que no sean responsables del impuesto a las ventas (IVA) cuyos ingresos brutos provengan por lo menos en un 80 % de pagos originados en una relación laboral o legal y reglamentaria, siempre y cuando, en relación con el año gravable 2019, se cumplan la totalidad de los siguientes requisitos adicionales:
1. Que el patrimonio bruto en el último día del año gravable 2019 no exceda de 4.500 UVT ($ 154.215.000).
2. Que los ingresos brutos sean inferiores a 1.400 UVT ($ 47.978.000).
3. Que los consumos mediante tarjeta de crédito no excedan de 1.400 UVT ($ 47.978.000).
4. Que el valor total de compras y consumos no supere las 1.400 UVT ($ 47.978.000).
5. Que el valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras no excedan de 1.400 UVT ($ 47.978.000).
En conclusión, no estarán obligados a declarar quienes al último día del año gravable 2019 no excedan de patrimonio bruto las 4.500 UVT ($ 154.215.000) o de ingresos totales no superiores a 1.400 UVT ($ 47.978.000), lo que representarían un ingreso mensual de $ 3’998.166.